El Concejo Deliberante de Villa Cura Brochero cedió mediante ORDENANZA Nº:122 /2013 y se ha autorizado al Poder Ejecutivo Municipal a CEDER DE MANERA GRATUITA a la Cooperativa de Electricidad -CLEMIC-, los derechos que posee sobre una fracción de terreno, parte de un inmueble de mayor superficie, ubicado en zona urbana de localidad de Villa Cura Brochero. La totalidad del terreno fue cedido inicialmente por el Sr. Libio Carnelutto y oportunamente mediante Ordenanza 106/2012, promulgada por Decreto 213/2012, se autorizo al Ejecutivo Municipal a Aceptar esta Donación, mediante Convenio que fuera, ratificado por el Concejo Deliberante, incorporando al patrimonio municipal una fracción de terreno, de una superficie total aproximada de Ocho mil novecientos ochenta y ocho con sesenta metros cuadrados 8.988.60 mts2), la cual se integro en dos fracciones: una destinada a la apertura de calles internas en el interior de
la mayor superficie y la otra destinada a los fines públicos que la Municipalidad determine.
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